El DOE, Diario Oficial de Extremadura, hizo público el pasado lunes 23 de diciembre la resolución del Servicio de Ordenación Industrial, Energética y Minera, por la que se otorga autorización administrativa previa a Edistribución Redes Digitales, SLU, de las instalaciones correspondientes al proyecto denominado 'Ejecución de nueva extensión de línea subterránea de media tensión para variante'.
La instalación se llevará a cabo en P.º Extremadura, calle Alconchel, calle Bomba, en el término municipal de Olivenza (Badajoz).
Visto el expediente correspondiente al procedimiento de autorización administrativa previa del mencionado proyecto, se emite la presente resolución de conformidad con lo establecido en la Ley 24/2013, de 26 de diciembre, del Sector Eléctrico, en el título VII, capítulo II, del Real Decreto 1955/2000, de 1 de diciembre, por el que se regulan las actividades de transporte, distribución, comercialización, suministro y procedimientos de autorización de instalaciones de energía eléctrica, y en el Decreto 221/2012, de 9 de noviembre, sobre determinación de los medios de publicación de anuncios de información pública y resoluciones y de los órganos competentes para la resolución de determinados procedimientos administrativos en los sectores energético y de hidrocarburos, teniendo en cuenta los siguientes antecedentes de hecho y fundamentos de derecho.
De esta manera se le concede a Edistribución Redes Digitales, SLU, autorización administrativa previa a las instalaciones correspondientes al mencionado proyecto cuyos datos esenciales son los indicados seguidamente:
Línea subterránea de media tensión.
-Desmantelado de 436 metros de tramo de LSMT Olivenza\20\Pta_Calvar comprendido entre CD 45226. 'La.Rala' y CD 45216 'Farrapa'.
-Instalación de 460 metros de nueva extensión de LSMT RH5Z1 18/30 kV 3x240 mm² Al desde CD 45226 'La.Rala' hasta CD 45216 'Farrapa'.
-Realizar 265 metros de nueva canalización por calzada, 140 metros de 2T PE Ø200mm y 2T PE Ø160mm y 125 metros de 2T PE Ø200mm y 4T PE Ø160mm.
-Instalar seis arquetas A1. Emplazamiento: Sito en Paseo Extremadura, 06100, en el término municipal de Olivenza.
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Esta autorización administrativa previa, se otorga bajo las siguientes condiciones:
La Empresa queda obligada en todo momento a dar cumplimiento a lo establecido en la Ley 24/2013, de 26 de diciembre, del Sector Eléctrico, y en sus disposiciones de desarrollo. Esta resolución se emite sin perjuicio e independientemente de las autorizaciones, licencias, concesiones o permisos de competencia municipal o de otros organismos y entidades, necesarias para la realización de las obras y el establecimiento de las instalaciones a las que se refiere esta resolución, así como las relacionadas, en su caso, con sus instalaciones auxiliares y complementarias.
La Empresa deberá ajustarse en todo momento al proyecto presentado. Las modificaciones que deban ser introducidas deberán disponer previamente de la correspondiente autorización, sin la cual no podrán ser ejecutadas.
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