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Las ayudas cubrirán mínimos vitales en suministro de agua potable, energía eléctrica, gas natural y gas butano.

El Ayuntamiento destinará más de 46.000 euros a garantizar los suministros mínimos vitales

La Junta de Extremadura concede al consistorio oliventino una subvención para cubrir los gastos de energía eléctrica y gas natural, agua potable, alta y re-conexión por corte de suministros y gas butano.

JUAN MIGUEL MÉNDEZ PEÑA

Sábado, 25 de marzo 2017, 11:06

Con el objetivo de garantizar a la ciudadanía los suministros energéticos básicos en aquellos casos en los que por falta o insuficiencia de recursos económicos no se pueda hacer frente a su coste, el Ayuntamiento de Olivenza ha tramitado a través de sus Servicios Sociales de Base las ayudas para mínimos vitales de la Junta de Extremadura y que en 2017 cuentan con una dotación de un total de 46.050 euros para la ciudad.

Según informa el Ayuntamiento de Olivenza en nota de prensa, la subvención solicitada dentro del plazo establecido al efecto por el ejecutivo extremeño, está dirigida a cubrir los gastos de energía eléctrica y gas natural, agua potable, alta y re-conexión por corte de suministros (luz, gas natural y agua potable) y gas butano.

Como establecen los requisitos para la concesión, pueden ser beneficiarias de estas ayudas las personas mayores de edad, empadronadas o que residan legalmente en la Comunidad Autónoma de Extremadura con una antigüedad mínima de seis meses anteriores a la solicitud y que carezcan de rentas o ingresos (ingresos netos inferiores al 80% del Indicador Público de Renta de Efectos Múltiples).

Se contempla que en caso de alquiler o hipoteca se deducirá un 25% del total de ingresos disponibles en la unidad familiar a efectos de cómputo y que las personas solicitantes podrán ser menores de edad en casos de situación de orfandad o emancipación con inscripción en el Registro Civil.

Igualmente, se informa de que no podrán beneficiarse de las ayudas quienes residan en centros que pertenezcan a instituciones o entidades que estén obligadas a atender las necesidades básicas de subsistencia de sus residentes, convivan temporalmente por razón de estudio o estén conectados fraudulentamente a la red.

El abono de las ayudas será realizado directamente a la entidad suministradora, salvo en el caso del gas butano que se abonará directamente al beneficiario previa presentación de la factura correspondiente.

Por último, se establece que las cuantías máximas por todos los conceptos, por anualidad y por unidad familiar será de 600 euros en familias de hasta dos miembros, 700 en aquellas que cuenten con tres o cuatro miembros y de 800 para unidades familiares de cinco o más miembros.

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