

Celebrada la sesión extraordinaria del consejo de gobierno de la Junta de Extremadura, se ha decretado este viernes, 30 de octubre, medidas restrictivas para un total de 29 poblaciones de la región que tendrán limitaciones de aforo similares a la fase 2, dado que han empeorado sus datos de incidencia del coronavirus en los últimos días. Entre esas poblaciones se halla Olivenza, en cuyo caso se aplicarán limitaciones de aforos de la fase 1, junto a los municipios de Mérida, Aceuchal y Jerez de los caballeros.
El ejecutivo extremeño ha especificado que el objetivo de estas medidas es evitar la propagación de la enfermedad dentro y fuera de las localidades afectadas e impedir la aparición de escenarios de mitigación de la enfermedad que comporten la adopción de medidas mucho más restrictivas en todos los ámbitos, quedando sin efecto las aprobadas la semana anterior.
De esta forma, el Diario Oficial de Extremadura (DOE) ha publicado este viernes dichas medidas que afectan a las reuniones en la vía pública y en espacios públicos y privados. Así, con carácter general, se limitan las reuniones sociales a un máximo de 6 personas en espacios públicos y privados, con la excepción de convivientes o actividades con otros límites específicos.
Respecto a los velatorios y permanencia en los lugares de culto, los primeros podrán celebrarse en espacios públicos y privados, pero con una limitación de aforo de 10 personas, sean o no convivientes. En la comitiva para el enterramiento o en la despedida para la cremación tampoco podrán participar más de 15 personas, además de, en su caso, el ministro de culto o persona asimilada de la confesión respectiva para la práctica de los ritos funerarios de despedida del difunto. En cuanto a la permanencia de personas en los lugares de culto no podrá superar en Olivenza el 25%.
En las celebraciones nupciales y otras religiosas no podrá superarse el 25% del aforo del lugar donde se celebren, con un máximo de 100 personas al aire libre y de 50 personas en espacios cerrados. Los bautismos y las primeras comuniones no podrán superar las 30 personas al aire libre y 15 en espacios cerrados.
Respecto a los locales comerciales minoristas, el aforo permitido no podrá superar el 30%. En cuanto a los mercadillos al aire libre, no podrá superar el 30% del aforo.
En cuanto a los establecimientos de hostelería y restauración en los que actualmente esté permitido el consumo dentro del local, el aforo permitido no podrá superar el 40%, prohibiéndose en todo caso el consumo en barra y permitiéndose el encargo en el propio establecimiento de comida y bebida para llevar.
En las terrazas al aire libre no se podrá superar el 50% de las mesas permitidas por el Ayuntamiento, con una proporción del cincuenta por ciento entre mesas y superficie disponible, y siempre que se mantenga el espacio necesario para la circulación peatonal en el tramo de la vía pública en el que se sitúe la terraza. Se deberá igualmente respetar distancia de seguridad interpersonal entre mesas o, en su caso, agrupaciones de mesas, con el límite máximo de seis personas por mesa o agrupaciones de mesas.
Las medidas relativas a hoteles y alojamientos turísticos afectan también a Olivenza en el cierre de la oficina de turismo y las iglesias para las visitas turísticas, estableciendo un aforo permitido en las zonas comunes de estos establecimientos del 35%.
En cuanto a las autoescuelas, academias, centros de enseñanzas no regladas, bibliotecas y museos, el aforo permitido no podrá superar el 35%, ni reunirse más de 50 personas en espacios cerrados ni más de 200 personas en actividades al aire libre.
En las instalaciones deportivas cubiertas, y en las piscinas de uso deportivo se establecerá un límite del treinta por ciento de capacidad de aforo de uso deportivo, sin público. En las instalaciones deportivas y piscinas de uso deportivo al aire libre el límite será del treinta y cinco por ciento de capacidad de aforo de uso deportivo, sin público.
El resto de eventos multitudinarios no contemplados expresamente en el decreto no podrán realizarse salvo autorización expresa de la dirección general de Salud Pública de la Junta de Extremadura.
Desde el Ayuntamiento de Olivenza se ha advertido que se extremará la vigilancia policial en las zonas de afluencia de público para asegurar el cumplimiento de las medidas obligatorias, que estarán en vigor, en principio y atendiendo a la evolución epidemiológica, hasta las 24.00 horas del día 13 de noviembre de 2020.
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